U/T VISAS y VAWA

Las víctimas no ciudadanas de ciertos delitos, trata de personas y abuso o violencia doméstica pueden ser elegibles para obtener el estatus migratorio permanente en los Estados Unidos.

Estatus No Inmigrante/VISAS U

Los no ciudadanos que han sido víctimas de ciertos delitos calificativos dentro de los Estados Unidos pueden calificar para el estatus no inmigrante U. Para solicitar el estatus no inmigrante U (comúnmente llamada visa U), el solicitante debe demostrar que 1) ha sufrido abuso físico y/o mental sustancial como resultado de ser víctima de un delito calificativo dentro de los EE. UU.; y 2) ha colaborado con las autoridades policiales o el fiscal en la medida solicitada y nunca ha rechazado injustificadamente cooperar. Los solicitantes de estatus no inmigrante U deben haber denunciado el delito a las autoridades y, en la mayoría de los casos, deberán proporcionar a nuestra oficina alguna documentación de esa denuncia para analizar el caso. Los solicitantes de estatus no inmigrante U deben demostrar que son merecedores de una discreción favorable.

Los casos de estatus no inmigrante U tienen tiempos de procesamiento muy largos y un límite anual de 10,000 visas, que se utilizan cada año. Sin embargo, los solicitantes elegibles tendrán un camino eventual hacia la residencia permanente. Aunque lleva años, los solicitantes calificados también serán elegibles para la autorización de trabajo mientras esperan un número de visa, generalmente de 3 a 5 años en el proceso. Los solicitantes de estatus no inmigrante U también pueden incluir a sus cónyuges e hijos menores, y si el solicitante principal tiene menos de 21 años, a sus padres y hermanos menores de 18 años como familiares calificativos en sus casos.

Estatus No Inmigrante/Visas T

El estatus no inmigrante T es para víctimas de formas graves de trata de personas con fines de trabajo o explotación sexual dentro de los Estados Unidos. Los solicitantes deben estar físicamente presentes en los Estados Unidos debido a la trata, lo que significa que fueron traídos al país con el propósito de la trata o posteriormente llevados a algún lugar o forzados a permanecer en algún lugar en contra de su voluntad.

Los solicitantes también deben haber cumplido con todas las solicitudes de asistencia en la investigación de la trata, lo que generalmente significa presentar un informe en la jurisdicción donde ocurrió la trata. Los solicitantes también deben demostrar que sufrirían dificultades extremas que involucran daño inusual y severo si son removidos o deportados de los Estados Unidos. Las dificultades extremas pueden demostrarse a través de cualquier combinación de daño médico, psicológico, emocional, mental y financiero.

Ley contra la Violencia hacia las Mujeres (VAWA)

Cónyuges e hijos de ciudadanos o residentes permanentes de los Estados Unidos, así como padres de ciudadanos estadounidenses adultos, que hayan sido objeto de maltrato o crueldad extrema (puede calificar el abuso mental, emocional y psicológico) por parte del pariente mencionado anteriormente pueden ser elegibles para la residencia permanente o, como mínimo, el estatus de acción diferida bajo esta ley. Es importante señalar que todas las personas, independientemente del género, pueden beneficiarse de esta sección de la ley, a pesar del nombre de la estatua.

En los casos de VAWA, los autosalvadores que han sido abusados física o mental/emocionalmente por sus familiares residentes permanentes legales (LPR) o ciudadanos estadounidenses pueden solicitar por su cuenta, demostrando que han sido maltratados o sometidos a crueldad extrema, han estado en relaciones de buena fe y han residido con su pariente LPR o ciudadano estadounidense, y son personas de buen carácter moral.

Muchas personas que califican para una auto-solicitud VAWA también pueden, ya sea simultáneamente o después de esperar la disponibilidad de la visa, solicitar el ajuste de estatus para obtener su residencia permanente, incluso si han ingresado a los Estados Unidos sin inspección. Los autosalvadores VAWA también se benefician de disposiciones de exención que son más favorables en ciertos aspectos que en casos familiares ordinarios, siempre que sean personas de buen carácter moral. Si se encuentra en un matrimonio abusivo con un ciudadano estadounidense o residente permanente, o si su hijo adulto ciudadano estadounidense lo ha maltratado o sometido a crueldad extrema, es una muy buena idea consultar con un abogado de inmigración calificado sobre sus opciones.

Es importante destacar que los casos de VAWA no requieren informes policiales o intervención policial, y que el estándar de evidencia es "cualquier evidencia creíble". En muchos casos, los casos exitosos pueden basarse en declaraciones detalladas del miembro de la familia abusado, cartas de apoyo de familiares y amigos, y otras pruebas creativas que nuestra oficina puede ayudarlo a obtener. Nuestros abogados han representado a muchas víctimas de delitos, trata de personas y violencia doméstica para obtener estatus migratorio, cambiando sus vidas y en algunos casos liberándolos de situaciones peligrosas o difíciles.